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Como aportar de forma eficaz las pruebas tecnológicas a los procesos judiciales

¿Eres un profesional de la informática? ¿Alguna vez te has visto en el caso de tener que obtener o aportar alguna prueba tecnológica a algún proceso judicial? Si la respuesta es positiva, ¿te has parado a pensar si has respetado los principios de autenticidad e integridad, y de esta manera que no se cuestione ni la validez ni el contenido? (STS nº1066/2009, de 4 de noviembre). ¿Has conservado la específica cadena de custodia de las pruebas tecnológicas?, ya que de lo contrario, si la infracción es grave podría declararse la prueba como nula, y por lo consiguiente no valorarse la información obtenida de la misma (STS 3 de diciembre de 2009).

Para dar respuesta a esta y a otras cuestiones, estudiaremos la jurisprudencia y algunas sentencias del Tribunal Supremo en este sentido.

¿Qué entendemos por prueba tecnológica? Por un lado la información que se encuentra almacenada en dispositivos físicos, locales o remotos; y por otro las huellas digitales dejadas por los usuarios a través de su navegación en internet.

En último lugar veremos, los medios de investigación tecnológicos regulados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal del año 2015.

octubre 6

11:00

– 11:20

(20′)

Paraninfo Universitario

Juan Carlos Fernández Martínez